Una Renta Vitalicia sobre un inmueble es un contrato mediante el cual la Persona Mayor propietaria de una vivienda recibe una pensión durante el resto de su vida, a cambio de la cesión de la propiedad de sucasa, pero manteniendo en todo momento el derecho de uso y disfrute de la misma. La Renta Vitalicia facilita los dos principales deseos / necesidades de las Personas Mayores: seguir viviendo en su casa de siempre en las mismas condiciones en las que lo estaban haciendo, ya que se reservan el pleno derecho de utilización de la vivienda, y obtener a la vez unos importantes ingresos complementarios a su pensión en función de la edad, el sexo y el valor del inmueble.
Con la Renta Vitalicia, a la Persona Mayor le pagan un sueldo por vivir en su piso, y mantiene hasta que así lo desee, y en las mismas condiciones en que lo estaba utilizando como propietario, el total uso y disfrute de su vivienda. Además, la operación no supone ningún coste adicional para el contratante disfrutando de un tratamiento fiscal enormemente favorable.
Las enormes ventajas de nuestro producto estrella puede llevar a la desconfianza a más de uno, por ello GRUPO RETIRO le ofrece las garantías legales y seguridades:
- Transparencia total en los contratos. La operación se formaliza a través de una Escritura Pública de Renta Vitalicia ante notario.
- Inclusión en la Escritura de lo que nosotros denominamos CLÁUSULA DE REVERSIÓN: mediante la cual se establece la recuperación de la propiedad del piso, en el hipotético caso de incumplimiento del pago de las rentas pactadas. Además, el pensionista se quedaría, en concepto de indemnización, con las rentas percibidas hasta ese momento.
- Tasación del inmueble realizada por una Sociedad de Tasación Independiente homologada e inscrita en el Registro Oficial del Banco de España.
- Inscripción de la operación en el correspondiente Registro de la Propiedad.
- Grupo Retiro gestiona la Renta Vitalicia con importantes Grupos de Inversión.
Por otro lado, también gestionamos Hipotecas Inversas que son créditos bancarios, que determinadas Entidades Financieras y Compañías de Seguros ofrecen a las Personas Mayores propietarias de un inmueble. Funciona al revés que el préstamo hipotecario por el cual se compra una vivienda a plazos. En el caso de la Hipoteca Inversa el propietario del inmueble recibe una renta mensual y mantiene en todo momento la titularidad de la propiedad. Estas cantidades mensuales, y en algunos casos junto a diferentes disposiciones iniciales, no deberán ser devueltas hasta el fallecimiento de los titulares.
Contratando una Hipoteca Inversa, la Persona Mayor puede rentabilizar su vivienda a la vez que continua disfrutando de su casa en las mismas condiciones que antes de la contratación . Además, las Hipotecas Inversas disponen al igual que las Rentas Vitalicias de importantes ventajas fiscales. Sin embargo, es una operación sin cobertura vitalicia. Si la Persona Mayor sobrevive al periodo de contratación de la hipoteca y la operación, no tiene garantizado el cobro de las rentas de por vida. Ante tal riesgo, es conveniente la contratación de un seguro que garantice una cobertura vitalicia. De tal forma y en dicho caso, la compañía de seguros pagaría las rentas mensuales al propietario hasta su fallecimiento.
La persona mayor también cuenta con la posibilidad de cobrar una cantidad inicial en el momento de la contratación, al igual que ocurre con la Renta Vitalicia. Además, no deberá abonar ningún coste inicial por la constitución de la Hipoteca, ya que todos los gastos de contratación se descontarán directamente del capital total del Crédito Hipotecario.
Una vez finalizado el crédito o tras el fallecimiento del prestatario, los herederos harán frente al pago de la deuda acumulada del préstamo o la entidad procederá a la venta del inmueble para satisfacer la deuda y entregar a los herederos el dinero restante de la venta.
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Grupo Retiro Rentas Vitalicias E Hipotecas Inversas Sobre Inmuebles el 06 de Mayo de 2011
Ahora puedes encontrar más información en el Blog de Grupo Retiro (http://blog.gruporetiro.com) especializado en Rentas Vitalicias e Hipotecas Inversas.
Grupo Retiro Rentas Vitalicias E Hipotecas Inversas Sobre Inmuebles el 15 de Abril de 2011
Buenos días Manuel:
Tanto la Renta Vitalicia como la Hipoteca Inversa se pueden realizar a partir de los 65 años. Si desea más información acceda a http://www.gruporetiro.com o llame al 91 577 42 40.
Un saludo.
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